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Derecho y práctica legal en las comunas urbanas italianas del siglo XII: el caso de Pisa.

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Wickham, C. 

2019

Journal

57(197)

981-1007

Pisa no fue una ciudad típica en la Italia del siglo XII; grande y comercialmente próspera, con instituciones urbanas precoces, destaca, sobre todo, por su adopción del Derecho Romano con un grado de compromiso mayor que cualquier otra entidad política a lo largo del siglo. Este artículo se centra en la forma en que Pisa incorporó el Derecho Romano en sus dos Constituta, promulgadas en 1160, y en el complejo aparato de acciones romanas, incorporado al sistema judicial comunal desde 1159. De hecho, parece que los pisanos utilizaron casi por entero el Corpus Iuris Civilis en sus disputas, sin dificultad. Para examinar el efecto que esto tuvo en las concepciones pisanas sobre la forma en que Derecho y sociedad se interrelacionan, se discute un conjunto de casos. A partir de ellos, se hace más claro que Pisa sólo se romanizó en algunos aspectos. Así, la creencia de los pisanos, como la de sus contemporáneos en el resto de Italia, en que la defensa violenta de la propia posesión prueba en sí misma el derecho. En los litigios se nos cita a menudo esa violencia, en ocasiones incluso justificada mediante argumentaciones de estilo romanista, aunque el Derecho Romano se oponía por completo a tales actitudes. Este artículo puede ayudar a mostrar la forma en que una ciudad, en otros sentidos típica, pudo ser la primera en aplicar el Derecho Romano: adaptando éste a los presupuestos locales.

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